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Cuentas de Casa

¿Cuánta fianza me pueden pedir y cuándo me la devuelven?

Pon tu alquiler y lo que te piden. Te decimos si es legal, cuánto pueden descontarte al irte y los intereses que te deben si tardan en devolvértela.

La fianza de un alquiler de vivienda es de una mensualidad, y las garantías adicionales no pueden pasar de dos mensualidades más. Si al mes de entregar las llaves no te la han devuelto, te deben además el interés legal del dinero, un 3,25 % anual en 2026.

€/mes

Tipo de alquiler
€

€

Depósito, aval o seguro aparte de la fianza.

Ya me he ido: ¿cuánto y cuándo me la devuelven?

Déjalo vacío si aún no te la han devuelto.

¿Te descuentan algo? Solo pueden hacerlo con deudas o daños justificados.

€

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€

Solo roturas o desperfectos, no el desgaste normal por vivir en la casa.

Resultado

La fianza legal es de

— €

Escribe tu alquiler.

Calculadora de Cuentas de Casa

Datos clave

  • Fianza de un alquiler de vivienda: 1 mensualidad de renta (2 en alquiler de temporada u otros usos) Ley de Arrendamientos Urbanos, artículo 36.1
  • Máximo de garantías adicionales en vivienda: 2 mensualidades, en contratos de hasta 5 años (7 si el casero es empresa) Ley de Arrendamientos Urbanos, artículo 36.5
  • Plazo para devolver la fianza sin intereses: 1 mes desde la entrega de las llaves Ley de Arrendamientos Urbanos, artículo 36.4
  • Interés legal del dinero en 2026: 3,25 % anual (se aplica a la fianza devuelta con retraso) Presupuestos prorrogados; OCU, 2026

Cifras revisadas el . Son las mismas que usa la calculadora.

Fianza según el alquiler

Alquiler de vivienda habitual, con contrato de hasta cinco años. Aparte, el primer mes de renta.

Fianza y máximo que pueden pedirte según el alquiler (vivienda habitual)
AlquilerFianza legalGarantías máximasTotal máximo
500 €500 €1.000 €1.500 €
700 €700 €1.400 €2.100 €
900 €900 €1.800 €2.700 €
1.100 €1.100 €2.200 €3.300 €
1.400 €1.400 €2.800 €4.200 €
2.000 €2.000 €4.000 €6.000 €

Lo que dice la ley

La fianza está en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En un alquiler de vivienda es de una mensualidad en metálico, y de dos en los alquileres para otro uso, como los de temporada. Además de la fianza, el casero puede pedir garantías adicionales (un depósito, un aval bancario o un seguro), pero en vivienda, con contratos de hasta cinco años (siete si el casero es una empresa), no pueden pasar de dos mensualidades.

En la mayoría de comunidades autónomas el casero está obligado a depositar la fianza en un organismo público mientras dura el contrato. Es su obligación, no la tuya.

Intereses por retraso = fianza a devolver × 3,25 % × días de retraso ÷ 365

Qué pueden descontarte y qué no

La fianza sirve para cubrir lo que dejes a deber: rentas sin pagar, recibos de luz, agua o gas pendientes y los daños que hayas causado. Lo que no pueden descontarte es el desgaste normal por vivir en la casa: pintura envejecida, marcas de muebles, electrodomésticos que se estropean por el uso o el tiempo. Si te descuentan algo, deben justificarlo con facturas o presupuestos.

Pasado un mes desde que entregas las llaves, lo que te deban de la fianza empieza a generar el interés legal del dinero. Por eso conviene entregar las llaves con un documento firmado o un correo con fecha, y hacer fotos del piso al salir.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos meses de fianza es lo legal?

Un mes de alquiler en vivienda habitual y dos en alquileres de temporada u otros usos. Aparte, en vivienda pueden pedirte hasta dos meses más en garantías adicionales: con un alquiler de 900 €, como mucho 2.700 € entre fianza y garantías.

¿Cuánto tiempo tiene el casero para devolver la fianza?

La ley no fija un plazo exacto, pero a partir del mes de entregar las llaves lo que te deba genera intereses al tipo legal del dinero, un 3,25 % anual en 2026. En la práctica, ese mes es el plazo de referencia.

¿Puede quedarse la fianza por pintar el piso?

No, si la pintura solo está gastada por el uso normal. Sí puede descontar daños que vayan más allá del desgaste normal, como agujeros grandes, manchas o roturas, y debe justificarlos.

¿Puedo no pagar el último mes y que se quede la fianza?

No es buena idea: la fianza garantiza también los suministros y los daños que aparezcan al final, y dejar de pagar la renta es un impago aunque tengas fianza. Mejor pagarlo y reclamar la fianza al irte.

¿Qué hago si no me devuelven la fianza?

Reclámala por escrito, mejor con burofax, indicando la fecha de entrega de llaves. Si no responden, puedes ir al juzgado con un proceso monitorio, que no necesita abogado ni procurador, y reclamar también los intereses.

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Fuentes: Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, artículo 36 (BOE); Código Civil, artículos 1561 y 1563; OCU, interés legal del dinero en 2026. Información general, no asesoramiento jurídico. Cómo hacemos las calculadoras.

Elaborado por el equipo de Cuentas de Casa Actualizado el